Durante el primer trimestre de cada año, se abre el plazo para la presentación de varias declaraciones de entrega obligada ante la administración.
Según la clasificación y el grado de afectación potencial sobre el medio de tu empresa, puedes tener que presentar parte o la totalidad de los siguientes trámites, antes de la fecha límite 31 de marzo
¿Cuáles son estos trámites y qué debes presentar?
- Declaración Anual de Residuos Industriales (DARI)
La debes presentar si tienes actividad industrial y procesos de fabricación, o una actividad comercial o de servicio que genera más de 10 tn/año de residuos peligrosos. Esta declaración recoge los datos de residuos generados durante un año por cada centro productivo.
- Declaración Anual de Residuos Industriales para los Gestores (DARIG)
Quedan obligados a presentarla las empresas autorizadas como gestores de residuos. Deben declarar los datos de residuos gestionados y producidos por su actividad.
Como novedad de este año, aquellos gestores que durante el 2015 hayan gestionado residuos RAEE deben presentar un anexo DARIG-RAEE.
- Declaración Anual de Envases (DAE)
Las empresas que pongan envases en el mercado deben comunicar la cantidad total de envases y productos envasados.
Aquellas empresas que están adheridas a un SIG (Sistema Integrado de Gestión) deben presentar los datos a través de éste, antes del 28 de febrero.
- Plan de Prevención de Envases (PEP)
Lo deben presentar aquellas empresas que superen las cantidades de envases puestos en el mercado, establecidas en el artículo 3 del Real Decreto 782/1998. El PEP tiene una vigencia de 3 años, pero anualmente se presentará el Informe de Seguimiento.
- Registro Europeo de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (E-PRTR)
Las actividades afectadas son aquellas incluidas en el anexo I del Real Decreto 508/2007. Estas actividades deberán declarar datos referentes a las emisiones al aire, el agua, el suelo y la generación de residuos.
- Plan de Gestión de Disolventes (PDG)
Lo presentan aquellas empresas afectadas por el RD 117/2003, que superen los umbrales marcados en éste. Se aportan datos de consumo de disolvente y de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles.
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